LogiTools

Logitools.co / Guías / Tiempo de descanso del conductor en Colombia: normas 2026

Tiempo de descanso del conductor en Colombia: normas 2026

La regulación de los tiempos de conducción y descanso de conductores de carga en Colombia está establecida principalmente en la Resolución 315 de 2013 del Ministerio de Transporte. Esta norma busca prevenir accidentes de tránsito por fatiga, uno de los principales factores de siniestralidad en el transporte de carga. En 2026, con los nuevos controles electrónicos y el registro SIMIT, el incumplimiento tiene consecuencias tanto para el conductor como para la empresa transportadora.

Paso a paso

1. Conoce los límites máximos: conducción diurna y nocturna. 2. Planifica la ruta con paradas obligatorias de descanso. 3. Para rutas largas (>500 km), evalúa si se necesitan dos conductores. 4. Documenta los tiempos de descanso (en algunos casos se exige bitácora). 5. Verifica que el vehículo tenga los stickers de control y que el conductor tenga su libreta de conducción al día.

Referencia de cálculo

Límites según Resolución 315 de 2013 (orientativos, verificar actualización):
• Conducción continua máxima: 5 horas
• Descanso mínimo entre períodos: 30 minutos
• Conducción máxima diaria: 10 horas en jornada diurna
• Conducción máxima nocturna (10pm–5am): no recomendada para rutas de más de 5h
• Descanso mínimo entre jornadas: 8 horas continuas
• Tiempo de servicio máximo semanal: 60 horas

Ejemplo práctico 2026

Conductor hace ruta Bogotá–Cartagena (1.027 km, ~14 horas).

Plan de conducción recomendado:
• 5:00am: salida Bogotá
• 10:00am: parada obligatoria (5h conducción) → 30 min descanso mínimo
• 10:30am: retoma conducción
• 3:30pm: segunda parada (5h) → 1 hora descanso recomendado
• 4:30pm: retoma (máximo hasta 10h diurnas)
• 7:30pm: llegada aprox. o pernocta en ruta para terminar el día siguiente

Alternativa: 2 conductores que se turnan, permitiendo conducción continua sin paradas largas.

Preguntas frecuentes

¿Las normas de descanso aplican a conductores de empresa o solo independientes?

Aplican a todos los conductores que operen vehículos de carga en vías nacionales, independientemente de si son empleados de la empresa o conductores independientes. La responsabilidad recae tanto en el conductor como en la empresa que contrata el transporte (generador de carga). La Ley 1503 de 2011 establece la corresponsabilidad del generador de carga.

¿Qué consecuencias tiene no respetar los tiempos de descanso?

Para el conductor: suspensión de la licencia por 1 a 5 años según reincidencia, multa de hasta 30 SMMLV, y en caso de accidente, responsabilidad penal por lesiones culposas o homicidio. Para la empresa transportadora: suspensión del habilitador de la empresa, multa y responsabilidad solidaria en daños a terceros. Para el generador de carga: responsabilidad solidaria si se demuestra que presionó tiempos de entrega violando las normas.

¿Existe control electrónico de los tiempos de conducción en Colombia?

Colombia no tiene obligatoriedad general de tacógrafos digitales como en la UE, aunque hay propuestas regulatorias. Sin embargo, las GPS instaladas en vehículos de carga pesada y los reportes de velocidad del RUNT permiten reconstruir jornadas. Algunos contratos de carga y programas de seguridad vial empresariales ya exigen reportes de horas de conducción como parte de sus procesos.

¿Necesitas calcularlo ahora?

Usa nuestras herramientas de logística con datos actualizados del SICE-TAC, MINTRANSPORTE y ACPM 2026.

Consultar normas de descanso →

Disclaimer: Esta guía es de carácter informativo. Las tarifas son orientativas basadas en referencias SICE-TAC y condiciones del mercado 2026. Para tarifas exactas consulta directamente con transportadoras habilitadas por el MINTRANSPORTE.